Plantillas diversas, contratos con ventaja: cómo la inclusión cuenta también en la contratación pública
30/07/2025
La diversidad no solo mejora la cultura empresarial: también puede ser clave para obtener contratos públicos.
Cada vez más ayuntamientos y entidades públicas incorporan criterios sociales en sus licitaciones. Entre ellos, es habitual que los pliegos prevean criterios de desempate relacionados con la inclusión: por ejemplo, priorizar a la empresa con mayor porcentaje de personas con discapacidad en su plantilla o con mejores políticas de igualdad e inclusión. No es un criterio universal ni automático: depende de lo que diga el pliego. Si tu organización ya apuesta por la diversidad, podría darte una ventaja competitiva cuando la puntuación técnica y económica quede empatada.
1) Marco rápido: qué permite la ley
- La Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) permite introducir criterios sociales y de sostenibilidad tanto en la adjudicación como en condiciones especiales de ejecución.
- En la práctica, muchos pliegos municipales y provinciales incluyen cláusulas de desempate que favorecen la propuesta de la empresa con mayor compromiso acreditado con la inclusión (p. ej., porcentaje de personas con discapacidad en plantilla, medidas de igualdad, empleo de difícil inserción).
- Si hay empate y el pliego no contempla criterio social, suele resolverse por orden de presentación, sorteo u otros mecanismos previstos.
Idea clave: no es un “derecho automático”; es una oportunidad cuando el pliego lo establece.
2) Qué significa “más personas con discapacidad contratadas”
Suele referirse a porcentaje sobre plantilla total (no a número absoluto), para que pymes y grandes compitan en condiciones comparables.
Ejemplos de fórmulas habituales en pliegos:
- “En caso de empate, se priorizará a la empresa con mayor porcentaje de personas con discapacidad contratadas sobre su plantilla total”.
- “Se considerará la media anual del porcentaje en el último ejercicio”.
3) Cómo acreditarlo (documentación práctica)
- Declaración responsable del porcentaje de personas con discapacidad en plantilla.
- Relación nominal anonimizada o certificado interno con el porcentaje agregado (evita datos personales innecesarios).
- Certificado de cumplimiento de la LGD (2%) o, en su caso, medidas alternativas (resolución de excepcionalidad y acreditación) tramitadas ante el SEPE o autoridad laboral competente.
- Política o Plan de Inclusión y memoria de acciones (formación, ajustes razonables, accesibilidad, selección inclusiva).
- Si procede, acuerdos con Centros Especiales de Empleo o Empresas de Inserción (compras responsables, subcontratación o suministros).
4) Dónde mirarlo y cuándo actúa
- PCAP / Pliego administrativo: suele recoger criterios de desempate y documentación de acreditación.
- PPT / Pliego técnico: puede exigir condiciones de ejecución (p. ej., reservar puestos, formación en accesibilidad).
- El desempate solo aplica cuando las ofertas quedan igualadas tras la valoración técnica y económica.
5) Cláusula tipo y ejemplo de caso práctico
“En caso de empate en la puntuación total, tendrá preferencia la oferta presentada por la empresa que acredite mayor porcentaje de personas con discapacidad en su plantilla, calculado sobre el total de personas trabajadoras en el último ejercicio. A tal efecto, las empresas aportarán declaración responsable y documentación acreditativa”.
Dos empresas empatan con 92 puntos.
- Empresa A: 1,7% de plantilla con discapacidad + medidas alternativas vigentes.
- Empresa B: 3,2% con certificados actualizados y plan interno de inclusión.
El pliego establece desempate por “mayor porcentaje”. La empresa B obtiene la adjudicación.
6) Errores que te pueden costar puntos (o el contrato)
- No leer el pliego: dar por hecho el criterio social y no figura.
- Aportar datos personales innecesarios (riesgo de protección de datos).
- Porcentajes sin base (no coinciden con plantilla media anual/TC2).
- LGD sin actualizar o medidas alternativas caducadas.
- Confundir reservas de contrato con desempate (figuras distintas).
7) Cómo prepararte para aprovechar esta ventaja
- Audita tu plantilla: calcula el porcentaje real y actualízalo trimestralmente.
- Cumple LGD/medidas alternativas: evita caducidades; guarda justificantes.
- Refuerza tu política: plan de inclusión, ajustes razonables, accesibilidad, formación a mandos.
- Estandariza la evidencia: crea un dossier “inclusión” para licitaciones (declaración, plan, certificados).
- Trabaja tu cadena de valor: CEEs, Empresas de Inserción, proveedores con criterios sociales.
- Integra el mensaje: inclúyelo en tu Memoria de RSE/ESG y en la web corporativa (transparencia).
8) Beneficios para la empresa
- Competitividad en licitaciones con criterios sociales.
- Mejor clima y retención del talento.
- Reputación y coherencia con políticas ESG.
- Aprendizaje organizativo en ajustes razonables y gestión de la diversidad.
La inclusión no es solo un valor; bien gestionada, también es estrategia. Si tu empresa integra la diversidad de forma real, podrá acreditarlo con solvencia cuando el pliego lo pida… y eso puede decantar un contrato.
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