Contratar con igualdad: ajustes razonables, obligaciones y apoyos para la empresa

Autor
Equipo de Hazloinclusivo.org
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28/01/2026

Contratar a una persona con discapacidad no es una excepción ni una concesión especial: es una obligación legal y una oportunidad real para las empresas.
Conocer qué son los ajustes razonables, qué apoyos existen y qué dice la normativa vigente permite tomar decisiones con seguridad, evitar discriminaciones y construir procesos de selección y contratación más justos y eficaces.

La contratación de personas con discapacidad está regulada por un marco legal claro que protege el derecho a la igualdad de oportunidades y establece obligaciones concretas para las empresas. Conocer este marco no solo evita errores, sino que facilita procesos de selección más justos y sostenibles.

1. Qué son los ajustes razonables según la ley

La normativa española define los ajustes razonables como las adaptaciones necesarias para garantizar que una persona con discapacidad pueda acceder, participar y progresar en el empleo en igualdad de condiciones.

Esta obligación está recogida, entre otras normas, en:

  • La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013).
  • La Ley 6/2022, de 31 de marzo, que refuerza la igualdad de trato y la no discriminación.

Los ajustes razonables no son privilegios ni ventajas injustas. Son medidas proporcionadas que permiten evaluar el desempeño profesional sin que las barreras físicas, sensoriales, cognitivas u organizativas distorsionen la valoración del talento.

2. Qué implica para la empresa

La empresa tiene la obligación de valorar los ajustes solicitados y llevarlos a cabo siempre que no supongan una carga desproporcionada. En caso de negativa, debe justificarla de forma objetiva y razonable.

La Ley 6/2022 establece además que la negativa injustificada a realizar un ajuste razonable constituye discriminación directa. Esto implica consecuencias legales y responsabilidades para la organización.

3. Apoyos e incentivos a la contratación

El marco legal no solo establece obligaciones, también contempla medidas de apoyo económico para las empresas que contratan a personas con discapacidad.

  • Bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
  • Deducciones fiscales en el Impuesto sobre Sociedades.
  • Subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras.

Estas medidas están previstas tanto para empresas ordinarias como para Centros Especiales de Empleo, y pueden complementarse con ayudas autonómicas.

4. Confidencialidad y trato adecuado

Toda la información relacionada con la discapacidad y los ajustes solicitados debe tratarse con confidencialidad, conforme a la normativa de protección de datos. La finalidad es garantizar la igualdad, no etiquetar ni estigmatizar.

Para llevarse una idea clave

  • Los ajustes razonables son un derecho reconocido por ley.
  • Negarlos sin justificación es discriminación.
  • Las empresas cuentan con apoyos económicos y asesoramiento.
  • La inclusión bien gestionada reduce riesgos y mejora los procesos.

La inclusión laboral no depende de la buena voluntad, sino del cumplimiento de la normativa y de una gestión responsable del talento.

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