Accesibilidad cognitiva en el empleo: qué tendrán que cambiar las empresas en 2027

Autor
Equipo de Hazloinclusivo.org
Secciones

09/09/2026

El nuevo Reglamento de accesibilidad cognitiva incorpora medidas concretas en el ámbito laboral. Afectan a las ofertas de empleo, las entrevistas, la formación, los sistemas de fichaje, las comunicaciones internas y los ajustes en el puesto. Aunque entrará en vigor el 2 de enero de 2027, las empresas pueden empezar a revisar ahora sus procesos.

La accesibilidad cognitiva también llega al empleo.

El Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva y entrará en vigor el 2 de enero de 2027. En el ámbito laboral, incorpora medidas concretas que afectan a los procesos de selección, la formación, los sistemas de fichaje, las comunicaciones y los ajustes en el puesto.

Estas obligaciones se aplican, según el artículo 14 del Reglamento, cuando la persona trabajadora acredita un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y una discapacidad intelectual mediante el certificado correspondiente.

Ofertas de empleo y entrevistas más accesibles

Las empresas deberán garantizar que las ofertas, condiciones y requisitos se publiquen de forma accesible y, en todo caso, utilizando lenguaje sencillo.

Además, cuando la persona candidata cumpla los requisitos de titulación y experiencia exigidos para el puesto, podrá solicitar una adaptación de la entrevista de trabajo sin coste.

Pedir esa adaptación no podrá ser motivo de exclusión del proceso de selección.

Formación y prevención de riesgos

Cuando la persona trabajadora lo solicite, la formación promovida por la empresa deberá respetar las recomendaciones de accesibilidad cognitiva.

Esto puede incluir documentación en lectura fácil, audio, apoyos visuales o formatos tecnológicos alternativos.

La norma presta especial atención a la prevención de riesgos laborales y a los protocolos de emergencia. Esta documentación deberá redactarse en lenguaje claro y contar con una versión en lectura fácil, incorporando apoyos visuales cuando sea posible.

Fichaje y sistemas digitales

Los sistemas de fichaje y de autenticación de la sede electrónica empresarial también deberán incorporar criterios de accesibilidad cognitiva.

Entre otras medidas, deberán permitir:

  • acceder sin necesidad de recordar una contraseña;
  • elegir una alternativa de acceso ajustada a las capacidades cognitivas de la persona;
  • utilizar sistemas de doble verificación para el envío de información;
  • recibir asistencia remota y seguir los pasos realizados en la plataforma.

Documentos, reuniones y comunicaciones internas

Las personas trabajadoras podrán utilizar su medio habitual de comunicación aumentativa y alternativa y solicitar la adaptación de documentos necesarios para sus tareas y reuniones en las que participen.

La empresa deberá realizar esa adaptación siempre que no suponga una carga desproporcionada. Si considera que sí la supone, deberá comunicarlo por escrito y de forma cognitivamente accesible.

Además, cualquier cambio de tarea o información relevante para cumplir los objetivos deberá comunicarse, al menos, por escrito y también oralmente cuando la persona lo necesite.

Ajustes razonables y apoyos en el puesto

El Reglamento también establece la obligación de proporcionar sistemas de apoyo y ajustes razonables.

Pueden afectar, entre otros aspectos, a los horarios, los tiempos asignados, la carga de trabajo o el uso de tecnologías de apoyo.

Estos apoyos deberán establecerse con la participación de la persona trabajadora y revisarse periódicamente.

También durante la incorporación

La norma prevé además que las empresas y administraciones contratantes promuevan guías y manuales en lectura fácil y la designación de una persona que pueda prestar apoyo durante la incorporación y adaptación al puesto.

Accesibilidad cognitiva no significa solamente lectura fácil. También implica revisar cómo se explica la información, cómo funcionan las herramientas, cómo se dan las instrucciones y qué apoyos necesita cada persona para trabajar con autonomía.

¿Por dónde puede empezar tu empresa?

Antes de enero de 2027, puedes revisar:

  • cómo redactas las ofertas y los requisitos;
  • cómo adaptas las entrevistas;
  • los materiales de formación y prevención;
  • los sistemas de fichaje y acceso digital;
  • las comunicaciones y reuniones internas;
  • el procedimiento para solicitar y revisar ajustes razonables.

El Reglamento entra en vigor el 2 de enero de 2027. Aprovechar estos meses para revisar procesos y herramientas puede facilitar una implantación más ordenada y detectar barreras antes de que se conviertan en un problema.

Entrada en vigor: 2 de enero de 2027.

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Normativa: Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva.

Consultar el Real Decreto 707/2026 en el Boletín Oficial del Estado

 

Este proyecto cuenta con la subvención de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales a través del IRPF Madrid.

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